NOMBRE
CARGO
DIRECCIÓN
TELÉFONO
Lic. Luis Alejandro Molina Báez
Presidente del Comité
Nicolás Bravo s/n esquina Ignacio Rayón, cabecera municipal de Huixquilucan, cp. 52760 (palacio municipal)
82842230 ext. 221
Lic. José Luis Cummings Ibarra
Contralor Interno
Ignacio Zaragoza no.1 planta alta, cabecera municipal de Huixquilucan, cp. 52760
82842230 ext. 305
Lic. Sergio luna Hernández
Jefe de la Unidad de Información
Blvd. Interlomas No. 5, Sub Ancla 17 Roof Garden Centro Comercial Interlomas, Huixquilucan, Edo. de México.
36826100 ext. 6138
RESPONSABLE
HORARIO DE ATENCIÓN
Lic. Sergio Luna Hernández Unidad de Información y Modulo de Acceso
Lunes a viernes de 9:00 a 15:00hrs y de 16:00 a 18:00hrs
CP. Andrea Martha García Molano Modulo de Acceso (2)
PROCEDIMIENTO DE ACCESO
SOLICITUD DE INFORMACIÓN PÚBLICA
I. El nombre del solicitante, domicilio para recibir notificaciones y, en su caso, correo electrónico; II. La descripción clara y precisa de la información que solicita; III. Cualquier otro detalle que facilite la búsqueda de la información; y IV. Modalidad en la que solicita recibir la información.
SOLICITUD DE ACCESO Y CORRECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
I. El nombre del solicitante, domicilio para recibir notificaciones y, en su caso, correo electrónico; II. La solicitud expresa de acceso, corrección, sustitución, rectificación, o supresión parcial o total de datos personales; III. Precisar y aportar la documentación original o certificada que acredite su petición
SOLICITUD DE INFORMACIÓN
TIPO DE SOLICITUD
MEDIO A TRAVÉS DEL CUAL SE PRESENTARON
TOTAL
ESCRITO LIBRE
FORMATO OFICIAL
VERBALES
Acceso a Información Pública
17
130
8
156
Acceso a Datos Personales
0
1
20
89
21
** Información a Junio de 2010
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios.
Artículo 6.- El acceso a la información pública será permanente y gratuito. La expedición de documentos, grabaciones y reproducciones se sujetará, en su caso, al pago de los derechos, productos y aprovechamientos establecidos en la legislación correspondiente. En ningún caso, el pago de derechos deberá exceder el costo de reproducción de la información en el material solicitado y el costo de envío.
Código Financiero del Estado de México y Municipios
Artículo 148.- Por la expedición de documentos solicitados en el ejercicio del derecho a la información pública, se pagarán los derechos conforme a la siguiente:
T A R I F A
Número de Salarios Mínimos Generales del Área Geográfica que corresponda.
Para los supuestos establecidos en las fracciones III y IV, el solicitante podrá proporcionar a la autoridad municipal, el medio en el que requiera le sea entregada la información pública, en cuyo caso no habrá costo que cubrir.